miércoles, 30 de marzo de 2011

Los carteles y la nueva Ley.

El Boletín Oficial del Estado publicaba este martes, 29 de marzo, la convocatoria de elecciones locales para su celebración el domingo 22 de mayo de 2011. Se da cumplimiento a lo establecido la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, que establece que la convocatoria de las municipales se realiza el día quincuagésimo quinto antes del cuarto domingo de mayo del año que corresponda y se publica al día siguiente en el BOE.
Se trata de las novenas elecciones municipales que se van a celebrar en España desde el restablecimiento de la democracia.
Se ha iniciado, pues, la precampaña electoral, que ha incorporado importantes modificaciones restrictivas respecto a comicios anteriores. Dos reformas realizadas a principios de año han restringido de forma importante la publicidad electoral, quedando ésta prácticamente reservada para los quince días de la campaña electoral propiamente dicha, que en este caso se inicia a las cero horas del viernes 6 de mayo de 2011 y finaliza a las veinticuatro horas del viernes 20 de mayo de 2011. Con la justificación de reducción de gastos se ha fijado un tope para el gasto máximo de 0.11 euros por habitante y partido político, a la vez que se impide contratar elementos de publicidad en radios, prensa y televisiones, a excepción de lo que es el desarrollo orgánico de los partidos, de difusión de ideas y propuestas. Desde el pasado martes y hasta el seis de mayo, no se pueden repartir ni los clásicos bolígrafos, mecheros o pins, habituales en las campañas.
Una instrucción de la Junta Electoral Central, publicada en el BOE del lunes 28, incidía en la “prohibición de difusión de propaganda electoral entre la convocatoria de las elecciones y el inicio de la campaña electoral”. Una interpretación de obligado cumplimiento, en base a las modificaciones introducidas en el artículo 53 de la Ley Electoral, que viene acompañada de importantes sanciones en caso de incumplimiento.
Ello ha derivado en la obligación de que todos los partidos políticos deberán quitar los carteles de propaganda electoral que aún se mantengan en las carreteras y en las calles de las ciudades, dada la aplicación de la prohibición de publicidad en precampaña. La reforma de la Ley Electoral General, en vigor desde el pasado mes de enero, establece que desde la convocatoria de unas elecciones hasta el inicio legal de la campaña, “queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales”.
Ese periodo sin propaganda electoral arranca este martes con la publicación en el BOE de la convocatoria de las municipales.

No hay comentarios: